DETRÁS DE LA NOTICIA
ALFREDO MARTÍNEZ DE AGUILAR
TWITTER: @efektoaguila
* Es innegable la
certeza científica que el consumo de la mariguana es dañina a la salud, además,
en el caso del “uso terapéutico” del cannabis, la COFEPRIS establece que el
tratamiento utilizando derivados del cannabis, en padecimientos al sistema
nervioso central del cuerpo humano probablemente sean inefectivos. * Las disposiciones
jurídicas de la legislación vigente en los códigos penal federal y local, y el
mismo órgano rector de la política pública de riesgos sanitarios del gobierno
federal, la COFEPRIS aún indican que el uso de la mariguana es ilegal en todo
el país, restringiendo su uso lúdico a lugares exclusivos y en cantidades mínimas. Jocabed Betanzos Velázquez demandó al Ayuntamiento prohibir
de manera inmediata la venta, compra y uso del cannabis y tetrahidrocannabinol
en el parque “El Llano” y en las inmediaciones más próximas a cien metros
lineales, a todas las escuelas públicas y/o privadas de la ciudad de Oaxaca de
Juárez. Es innegable la certeza científica que la mariguana es
dañina a la salud, además, en el caso del “uso terapéutico” del cannabis, la
COFEPRIS establece que el tratamiento utilizando derivados del cannabis, en
padecimientos al sistema nervioso central del cuerpo humano probablemente sean
inefectivos. Las disposiciones jurídicas de la legislación vigente en los
códigos penal federal y local, y el mismo órgano rector de la política pública
de riesgos sanitarios del gobierno federal, la Comisión Federal para la
Protección contra Riesgos Sanitarios (COFEPRIS) aún indican que el uso de la
mariguana es ilegal en todo el país, restringiendo su uso lúdico a lugares
exclusivos y en cantidades mínimas. Por ello, la regidora de Juventud y Deporte y de Atención a
Grupos en Situación de Vulnerabilidad presentó la iniciativa con punto de
acuerdo de urgente y obvia resolución que propone persuadir y, en su caso,
disuadir a las personas que en cualquier modalidad estén consumiendo, vendiendo
y/o comprando cannabis y tetrahidrocannabinol (THC) en el parque público “El
Llano”. Según la Organización Mundial de la Salud, los daños
ocasionados en el cuerpo humano derivado del uso del tabaco son la causa de
mortalidad más alta a consecuencia del cáncer de pulmón. Y el pasado día 15 de
enero del año 2023 entró en vigor la Ley General para el Control del Tabaco “Ley Antitabaco” siendo, según analistas, la ley más
estricta en vigor de protección tanto a las personas como al medio ambiente. Ahora bien, si el legislativo federal discute, analiza y, en
este caso, aprueba la Ley General para el Control del Tabaco, conocida como
“Ley Antitabaco” argumentando un sinnúmero de daños colaterales, es oportuno
que fije también su posicionamiento sobre el uso y consumo con fines lúdicos de
la mariguana. Cita los estudios efectuados por la Academia Nacional de
Medicina, que en su boletín informativo enero-febrero del año 2017 advierte el
incremento de ingresos a los servicios de urgencias en clínicas y hospitales de
la población de entre los 18 y 25 años de edad. De tal modo que en el caso de los supuestos beneficios
médicos está acreditado que aún no hay suficiente evidencia científica que
permita declarar que el uso lúdico, incluso terapéutico, sea el método más
eficiente para la cura y/o tratamiento de enfermedades. Si bien es cierto, en el marco del respeto que se merecen
todas las personas que ejercen su libre derecho a consumir cualquier tipo de
enervante también es cierto que lo deberán hacer en lugares en donde no afecten
el derecho que tenemos las personas a respirar un ambiente libre de cualquier
emanación tóxica que afecte la salud, protegiendo a la ciudadanía de la
distribución del enervante en su venta, exhibición, así como de su transmisión
bajo operaciones comerciales ya sea a título gratuito u oneroso. No omite reconocer que la declaratoria de
inconstitucionalidad 1/2018 dictada por la Suprema Corte de Justicia de la
Nación permite el uso lúdico y recreativo del cannabis en atención al derecho
que tienen las personas al desarrollo de su personalidad, también es de
reconocer el derecho que tienen las personas a espacios públicos libres de
emanaciones tóxicas y, aún más, tratándose de menores de edad, embarazadas, y
personas de la tercera edad que acuden a ese lugar con el ánimo de ejercitarse
y para la práctica de jogging, zumba, patinaje, etc. Tomando, entonces, como base los mismos criterios técnicos,
sociales, jurídicos, médicos, fundo su solicitud para que, con el mismo ánimo
de preservación del medio ambiente, de la salud pública de las personas, del
respeto a los espacios públicos, se prohíba de manera inmediata la venta,
compra y uso del cannabis y tetrahidrocannabinol en el parque “El Llano” y en
las inmediaciones más próximas a cien metros lineales a todas las escuelas
públicas y/o privadas de la ciudad de Oaxaca de Juárez. Demanda instruir a la Secretaría de Seguridad Ciudadana,
Movilidad y Protección Civil del Ayuntamiento de Oaxaca de Juárez, para que con pleno respeto
a los derechos humanos y de manera comedida persuada y, en su caso, disuada a
las personas que consuman cannabis y tetrahidrocannabinol (THC) en el parque
“El Llano”. Asimismo, lo hagan en las inmediaciones más cercanas a
cualquier espacio educativo, público y/o privado para que se abstengan de
manera inmediata de hacerlo y en caso de que la o las personas continuaran
consumiendo el enervante, sean conducidas ante el juez cívico municipal en
turno para que se proceda conforme a derecho. En caso de haber legislación vigente, se declare su
abrogación y queden sin efecto las autorizaciones o permisos para consumir
cannabis y tetrahidrocannabinol (THC) en los espacios públicos ya señalados
anteriormente y esta disposición se publique en la gaceta municipal para los
efectos legales a que haya lugar. @efektoaguila