INPI solicita invalidar Ley Minera en Oaxaca
REDACCIÓN VIVO NOTICIAS
redaccionvivonoticias@gmail.com
OAXACA DE
JUÁREZ.-
El Instituto Nacional de los Pueblos Indígenas (INPI) solicitó a los ministros
de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) invalidar la Ley Minera por
contravenir los derechos indígenas al no garantizar el derecho a la consulta
antes de emitirse cualquier título de concesión minera. Este 13 de enero la SCJN retoma la discusión
sobre el tema, tras un amparo emitido por el pueblo Macehual asentado en la
Sierra Nororiental de Puebla, y según la dependencia federal, representa una
oportunidad histórica para consolidar el derecho al territorio y el derecho a
la consulta previa, libre e informada de los pueblos y comunidades indígenas. Sin embargo, el proyecto de resolución
elaborado por el ministro Javier Laynez Potisek, en esencia, reitera las
conclusiones de su anterior proyecto elaborado en mayo de 2020, en el que
vuelve a sostener que no era necesario consultar a los pueblos indígenas antes
de emitirse la Ley Minera, “porque no es una legislación que tenga por objeto
regular la vida económica, social y política de las comunidades indígenas y que
tampoco es necesario regular la consulta en dicha legislación porque este
derecho ya está regulado en el artículo 2º y en el Convenio 169 de la
Organización Internacional del Trabajo. En Oaxaca, Frente No a la Minería por un Futuro
de Todos y Todas ha sostenido que la entrega de concesiones mineras sin el
consentimiento, libre, previo e informado de los pueblos y comunidades se ha
dado en gran parte del territorio del estado, extendiéndose prácticamente en
todas las regiones, donde los Valles Centrales y la Sierra Norte han presentado
mayores impactos por la explotación de minerales. Por ejemplo, mencionan, el proyecto minero “San
José” operado por Fortuna Silver Mines, donde han existido denuncias durante
los últimos 10 años respecto a asesinatos, división, violaciones a los derechos
colectivos y fundamentales de la ciudadanía de San José del Progreso, en los
Valles Centrales de Oaxaca, además de impactos ambientales como el derrame de
la presa de jales en el Río El Coyote, la muerte de peces en los principales
afluentes, explosiones, y polvo excesivo en toda la región. “La misma situación ocurre en el proyecto
minero "El Águila" y "Alta Gracia" de Gold Resource
Corporation, también en los Valles Centrales de Oaxaca”, sostiene este frente
conformado por organizaciones civiles y representantes de las comunidades y autoridades
municipales. El INPI argumentó que los pueblos indígenas son
propietarios de sus territorios, entendido como la totalidad del hábitat de los
lugares que ocupan y que es innegable que en los territorios indígenas se
ubican los principales yacimientos minerales del país. “De ahí que las disposiciones específicas que
cuestiona el pueblo Macehual en su demanda de amparo, afecta el patrimonio
territorial de los pueblos indígenas y por tanto la legislación que regula la
minería, debió haber sido consultado antes de su emisión, para estar acorde con
la Constitución y los Tratados Internacionales en la materia”, aseguró la
dependencia federal. Finalmente, advirtió que la SCJN al sostener
que la Ley Minera no debe reconocer el derecho a la consulta, propicia que se
sigan emitiendo concesiones sin consultar a las comunidades indígenas y las
condena a seguir largos y costosos juicios para hacer valer sus derechos, como
ha sido hasta ahora, y como está ocurriendo precisamente con el pueblo
Macehual. *Con información de El Universal
